En nuestro país, hasta la fecha, el número de mujeres electas es muy bajo y nos encontramos en la cola en América Latina. Situación que evidencia que el derecho a ser electa es aún una utopía.
Ahora bien, en este artículo quiero referirme al derecho a elegir. No se habla mucho al respecto, damos por sentado que todas las mujeres ejercemos nuestro derecho a elegir. Pero la realidad evidencia todo lo contrario.
En Guatemala la Revolución de Octubre trajo consigo en 1945 la posibilidad del voto para las mujeres alfabetas, pero hasta 1965 se otorga el voto a las mujeres en general. Esto significa que desde hace más de medio siglo se reconoce el derecho de las mujeres a elegir a sus representantes. Sin embargo, las estadísticas muestran que el ejercicio del derecho a elegir es muy precario, especialmente entre las mujeres indígenas.
Para poder ejercer el sufragio es necesario ser mayor de edad y contar en un primer momento con la cédula de vecindad o Documento Personal de Identidad (DPI) y luego empadronarse en el registro de ciudadanos. En nuestro país el costo y el trámite de la cédula de vecindad o DPI puede a veces ser bastante complejo, especialmente en el área rural. Esto como resultado de las condiciones de pobreza y pobreza extrema que vive la población, especialmente las mujeres indígenas. Esta primera limitante para la participación política de las mujeres es lo que se conoce como abstencionismo primario, es decir, cuando las personas ni siquiera tienen acceso a la documentación necesaria para ser considerados ciudadanos.
El trámite para el empadronamiento es más simple, pero existe muy poca información al respecto además de no contar con verdaderos incentivos. Aunado a lo anterior, los bajos niveles educativos, de cultura política y, por lo tanto, el desconocimiento de la importancia del voto, determinan en gran medida el poco interés en los procesos electorales. Esta segunda limitante para la participación política es conocida como abstención secundaria.
Para las últimas elecciones, el total de mujeres en edad de votar era de 3,573.7, de las cuales únicamente 2,809,120 estaban empadronadas y votaron 1,709,911. Estos datos ponen de manifiesto que más de la mitad de las mujeres en edad de votar no ejercieron en el último proceso electoral su derecho a elegir.
Es necesario poner énfasis en esta situación tan desfavorable para las mujeres, especialmente para las indígenas y del área rural, ya que damos por sentado que la democracia electoral es un hecho en nuestro país y no es así. Mientras más de la mitad de la población no tenga la posibilidad real de ejercer sus derechos cívico políticos, la democracia es todavía un ideal.
Por lo tanto, cuando hablemos de mayor participación política de las mujeres es importante hacer referencia a todos los ámbitos de la participación. Es decir, al ejercicio real de los derechos cívico políticos fundamentales de las mujeres, elegir y ser electa. En ambos casos, el reto para las mujeres guatemaltecas es muy importante y en el próximo proceso electoral debemos exigir el cumplimiento de ambos derechos.
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