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La plenaria del martes 17 de marzo. Simone Dalmasso

Diputados aceleran leyes que no atienden la emergencia: promueven el privilegio duradero

Entre aumentos salariales de maestros y contralores se repartirían 620 millones que se justifican por la emergencia. El Congreso recibiría 20 más.
La iniciativa no fija ningún mecanismo para controlar si las exoneraciones tienen algún efecto benéfico
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Diputados aceleran leyes que no atienden la emergencia: promueven el privilegio duradero

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El Congreso valora aprobar dos leyes que se amparan en la emergencia. Una pretende incrementar en más de 5 mil millones, con cara deuda interna, el presupuesto para combatir los efectos del COVID19, pero esconde rubros injustificables dada la situación. La otra pretende librar de impuestos durante un siglo a empresas nuevas. Lejos de atender la emergencia inmediata, cimentan un nuevo régimen de privilegios duraderos.

Que no se aprobara un nuevo presupuesto vuelve a servirle de justificación al gobierno para solicitar que se amplíe, de nuevo, el vigente. La falta de acuerdos entre el Ejecutivo y el Legislativo sobre cómo enfrentar la emergencia ha ocasionado esta situación. Mientras el Ejecutivo anuncia su propuesta, la Comisión de Finanzas del Congreso de la República dictaminó este jueves a favor de 2 dos iniciativas de ley que poco tiene que ver con atender la emergencia del COVID19. Algunos diputados impulsan que se aprueben hoy mismo, de urgencia.

La primera: deuda interna cara y gastos nada justificables

Se trata de una ampliación presupuestaria de 5,139 millones de quetzales que se financiaría con más deuda a cuenta de bonos del tesoro y se suma a la de 3,667 millones de quetzales que se aprobó hace unos días para financiar la atención de la emergencia por la pandemia. Esta depende de US$450 millones en préstamos externos. Entre ambas dotarían al presupuesto vigente con Q8,806 millones que pesarían sobre la deuda pública.

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De esta segunda ampliación destacan dos cosas. La primera es que, al igual que en la primera, varios de los rubros que la integran no sirven para atender directamente la emergencia. La segunda, que quieren aprobarla en el mismo día que el presidente Alejandro Giammattei anunció que ha enviado su propuesta de ley para apuntalar el plan de respuesta. Este plan asciende a 11,000 millones de quetzales y busca transferir dinero a personas y empresas.

Entre los distintos rubros de esta ampliación, el que menos se justifica ante la emergencia es el traslado de 20 millones extras al propio Legislativo. Este es un momento en que lo necesario es la priorización del gasto para liberar recursos y permitan mitigar la emergencia.

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Además, se incluyen 500 millones para cubrir aumentos de salarios en el Ministerio de Educación. Estos 500 millones se suman a los 567 millones aprobados la semana pasada, y son producto de negociaciones con el sindicato magisterial, pero que no se vinculan con mejoras en la calidad educativa.

Otro de los rubros que parece accesorio es el de asignaciones extra de Q120 millones a la Contraloría de Cuentas, también para cubrir pago de salarios. Esta entidad es ampliamente cuestionada por la falta de efectividad en sus labores de fiscalización.

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El Legislativo debiera asumir su compromiso ante la sociedad guatemalteca en esta emergencia, y priorizar la ampliación presupuestaria que atienda directamente sus necesidades en esta crisis que personas y empresas, especialmente pequeñas y medianas, enfrentan por igual. Debe hacerse una pausa para esperar la propuesta presidencial y priorizar las medidas que atenúen el impacto por la pérdida de empleos.

La segunda: un siglo de exoneración de impuestos para las empresas nuevas, sin asomos de beneficio

La segunda ley que se pretende aprobar de urgencia es la denominada Ley de 100 años de inversión y empleo. Esta iniciativa propone exonerar los impuestos IVA, ISR, ISO y aranceles a la importación,  durante 100 años, a las empresas que se establezcan al amparo de la ley a partir de su vigencia.

La iniciativa sostiene que el objeto de la ley es crear las condiciones que promuevan la inversión nacional y extranjera y generen empleo para los guatemaltecos, y favorece a todas las personas individuales y jurídicas, nacionales y extranjeras que instalen en Guatemala una industria que no estén en el país antes de que la ley entre en vigor.

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Esto pese a que no se han evaluado a fondo qué beneficios en inversión y empleo se derivan de las empresas que se aprovechan de estas medidas. La Comisión Económica para América Latina (CEPAL) hizo un análisis sobre los incentivos fiscales que se otorgan a las empresas en los distintos países de la región y concluye que “no todos los incentivos tributarios son iguales en el sentido de su capacidad para fomentar la inversión, por lo que en términos generales, los países deberían priorizar aquellos instrumentos que suelen ser más efectivos, que son los relacionados a la magnitud de la inversión realizada y reducen el costo del capital, como las deducciones, los créditos tributarios y los esquemas de depreciación acelerada”.

El organismo regional enfatiza que la simple exoneración de impuestos no asegura el establecimiento de las nuevas inversiones, y que los países deben desarrollar capacidades para una adecuada evaluación de los beneficios realmente recibidos, y asegurar que estos son mayores que los costos que generan. La pérdida de recaudación tributaria por las exoneraciones otorgadas es uno de esos costos.

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En este sentido, recomienda “establecer un marco institucional fuerte de modo tal que los países publiquen de manera periódica, oportuna y detallada los costos, beneficios esperados, principales beneficiarios y objetivos de los incentivos tributarios, como así también hagan públicas las evaluaciones costo beneficio. Estas evaluaciones proporcionan una mayor transparencia a la política fiscal, al tiempo que contribuyen a mejorar la eficiencia y la equidad de los sistemas tributarios”.

La iniciativa en mención, tal como fue propuesta, no contiene ninguna disposición relativa a la publicidad de la información que permita conocer y evaluar los costos y beneficios de las exoneraciones que se pretende otorgar. Se considera que debería incluir los elementos necesarios para que la Superintendencia de Administración Tributaria disponga de toda la información necesaria para realizar estas evaluaciones, y darlas a conocer como parte de las estimaciones que presenta acerca de los montos de recaudación que se dejan de percibir por este tipo de legislación.

Esta iniciativa parece otra arbitrariedad con motivaciones similares a las que llevaron el año pasado a la aprobación de la comúnmente denominada “ley de ganaderos”. Ambas están desfasadas respecto de la emergencia económica que deberemos afrontar ahora.

¿Competencia desleal o merma fatal de la recaudación? Probablemente ambas

Un aspecto legal relevante que el Congreso ha obviado es el mandato para contar con un dictamen de la SAT que evalúe el impacto de esta medida en la recaudación tributaria. Sin ese dictamen, pueden aprobarse medidas que mermen fatalmente los ingresos fiscales.

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Por otro lado, tal como está redactada la iniciativa original, no hay un control que evite que empresas existentes acudan a maniobras jurídicas para cambiar su personería jurídica, y presentarse como nuevas para optar a las exoneraciones de impuestos otorgadas.

Pero si no lo hicieran, las empresas ya establecidas competirían en una situación de franca desventaja.

El Congreso debe abstenerse de aprobar medidas que impliquen reducción de ingresos fiscales sin analizar a fondo las implicaciones de las mismas, y asegurar beneficios reales en términos de nuevas inversiones y nuevos empleos, para que haya opciones para superar el impacto negativo de esta crisis.

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