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La antena del silencio

La denuncia está acompañada de testimonios verbales y fotografías de los vecinos, donde no se aprecia ningún enfrentamiento ni las supuestas armas que utilizaron en su contra.
“Soy madre y abuela, tengo una familia que ha sufrido conmigo. Al día siguiente de que me detuvieron, mi nieto volvió llorando de la escuela...", dice Carolina.
La antena en cantón Chitay [Flor de María Pérez]
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La antena del silencio

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Los habitantes de un cantón de Quetzaltenango se opusieron a la instalación de una antena de telefonía en su territorio. La empresa propietaria del proyecto inició acciones legales contra los vecinos que llevaron a la detención de dos mujeres de 63 y 57 años. El proceso continúa en los juzgados basándose en una ley, gestada por cuestiones de seguridad ciudadana, y que diversas organizaciones han calificado de inconstitucional, pero que hasta el momento no ha recibido planteamientos en su contra.

Llegar al cantón Chitay es fácil. La comunidad se asienta alrededor de una de las entradas principales de Quetzaltenango, en la zona 11, cercana a la Granja Penal de Cantel. Basta tomar un bus que pase por Las Rosas y pedir que se detenga frente al Hospital Siglo XXI, o frente a la antena de 39 metros de altura que desde hace pocos días se alza imponente a la orilla de la carretera y que ahora marca la ubicación de Chitay.

Caminar por el sector deja una sensación de vacío. Nadie está fuera de su casa, ni espía por las ventanas. Parece un pueblo fantasma. El silencio tiene una razón: Una semana antes, el 10 de febrero de este año, las vecinas Fabiana Menchú, de 63 años, y Carolina Cabrera, de 57, fueron detenidas por la policía. Ambas, con escasos minutos de diferencia, fueron bajadas de los buses donde iban al mercado y llevadas al juzgado por un delito del que nunca habían escuchado: “atentado contra los servicios de telecomunicaciones".

Amparados en el delito incluido en la Ley de Equipos Terminales Móviles,  aprobada en octubre de 2013, y que al aparecer se aplicaría por primera vez en este caso, las mujeres fueron acusadas de impedir la instalación de una antena de telefonía y de amenazar y agredir a los trabajadores de SBA Torres Guatemala, trasnacional que alquila sus instalaciones a las compañías telefónicas de Guatemala. Hasta ahora, las dos siguen preguntándose porqué las detuvieron sólo a ellas, cuando la oposición fue de más de cien personas, todos habitantes de Chitay que temían que la antena afectara su salud.

A los vecinos les preocupa que sus nombres aparezcan en nuevas órdenes de aprehensión. Se ha rumorado que hay detenciones pendientes y ellos prefieren “no dar razones para ir a la cárcel”. Así que se animan a relatar los hechos, pero no todos aceptan dar su nombre.

Campamentos de vigilancia, día y noche

La iglesia evangélica “La voz eterna” y el hospital Siglo XXI son de los inmuebles más cercanos a la antena. Sus propietarios estuvieron entre quienes manifestaron contra la instalación desde que comenzó el rumor en el cantón. El pastor, Alfredo Samayoa, recuerda que desde 2014 algunos vecinos recibieron la oferta de  SBA Torres Guatemala —sin que explicaran para qué compañía telefónica darían su servicios — de arrendar sus terrenos para la instalación de una antena, pero que no aceptaron por la inconformidad que podrían ocasionar con el resto de la comunidad.

Fue el vecino Juan José Juantá Díaz quien les arrendó un terreno de 68 metros a orillas de la carretera. La preparación de los cimientos comenzó sin que nadie supiera de lo que se trataba, relata el pastor. “Sabemos que él (Juantá Díaz) puede hacer con su propiedad lo que desee, pero cuando se trata de algo que puede afectarnos a todos, hay que consultarlo. Es así como funcionan nuestras comunidades”, afirma una vecina que pidió el anonimato.

Los trabajos comenzaron en junio de 2015, recuerdan los entrevistados. Cuando supieron que se trataba de una antena, hubo una reunión de vecinos donde acordaron no permitir la instalación. Se organizaron en grupos que se turnaban día y noche para impedir la entrada de materiales de construcción y de los trabajadores. Aseguran que no invadieron la propiedad y que todo fue pacífico, porque los trabajadores llegaban acompañados de la Policía Nacional Civil (PNC) y nunca hubo un enfrentamiento con ellos. No obstante, en la denuncia hecha por la empresa, se lee que el 22 de agosto de 2015 hubo amenazas y agresiones contra sus trabajadores, que “los vecinos portaban palos de madera y piedras” y que “amenazaron con quemar vivo al personal”. La denuncia está acompañada de testimonios verbales y fotografías de los vecinos, donde no se aprecia ningún enfrentamiento ni las supuestas armas que utilizaron en su contra.

Detenidas como delincuentes

Todas las mañanas, mientras su hija va a trabajar, Fabiana Menchú cuida a sus tres nietos. Uno de ellos padece retraso mental y como la familia no tiene recursos para pagar alguien que lo cuide, doña Fabiana se ha consagrado a esta tarea.

Ella tiene 63 años, está separada y sale poco de casa, excepto para hacer las compras del mercado y de medicina. Había sumado a su rutina la salida a las seis de la mañana: era una de las primeras vecinas en hacer turno frente a la construcción de la antena.

El 10 de febrero, doña Fabiana iba en bus rumbo al mercado cuando la policía detuvo el vehículo. Dos meses antes, en diciembre, la empresa había desistido en enviar a sus trabajadores a Chitay y los turnos de los vecinos habían terminado. Nunca imaginó que era a ella a quien buscaban. “Me bajaron, me dijeron por qué me detenían y me llevaron al juzgado. Me metieron a un lugar frío y me dijeron que esperara para declarar ante el juez. Me estaba congelando porque me detuvieron como a las once de la mañana y no llevaba suéter, eran los días más fríos de Xela; me sentí muy mal todo el tiempo, porque padezco diabetes y me asusté mucho. La audiencia fue a las cinco y media de la tarde y hasta ese momento me di cuenta que también habían detenido a doña Carolina, pero a nadie más”.

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José Rosales, auxiliar fiscal del Ministerio Público (MP) que tiene a cargo la investigación, explica que Fabiana Menchú y Carolina Cabrera fueron las dos únicas acusadas que lograron individualizar (identificar), al igual que otra mujer embarazada que no fue encontrada por la policía. En el expediente se pueden leer más de diez nombres de vecinos, además de las detenidas, que habrían participado en las supuestas agresiones a los trabajadores de la empresa y cuyas acusaciones siguen en investigación. El fiscal asegura que el proceso continúa y que no fue algo intencional haber detenido primero a las señoras, sino algo circunstancial, pues para pedir órdenes de aprehensión ante un juez se deben identificar plenamente a las personas.

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Según Rosales, se solicitaron órdenes de aprehensión porque existía “peligro de fuga y obstaculización a la averiguación de la verdad, además de no establecerse su arraigo”, es decir que, según el MP, ellas podrían haber interferido en la investigación o haberse fugado al conocer la demanda en su contra. Al consultarle al fiscal si no consideraba que la detención había sido un abuso para dos mujeres de esa edad, responde que primero fueron citadas a una junta conciliatoria, pero no se presentaron, por lo que procedieron a pedir las capturas.

En una copia del expediente proporcionada por la defensa —ni en el juzgado ni en el MP se pudieron consultar los documentos originales— se pueden leer citaciones dirigidas a las acusadas para una junta conciliatoria el 8 de septiembre de 2015. Las citaciones aparecen firmadas de recibido por Daniel González, representante de SBA Torres Guatemala, pero no por las mujeres. Ellas aseguran que nunca las recibieron.

Al finalizar la audiencia de primera declaración, el juez de Primera Instancia Penal, Ángel Ávila Gudiel, las ligó a proceso por atentado contra los servicios de telecomunicaciones, convirtiéndose en las primeras personas en el país procesadas por este delito. Ávila Gudiel les otorgó medidas sustitutivas que les prohíben participar de reuniones, permanecer cerca de la antena o abandonar Quetzaltenango.  Ambas volvieron a su casa esa misma noche y, al igual que sus vecinos, observaron impotentes cómo al día siguiente la maquinaria y los trabajadores comenzaron la instalación de la antena. Algunos todavía intentaron oponerse pero la mayoría permaneció en sus hogares temiendo correr la misma suerte que Fabiana y Carolina.

Una ley inconstitucional

Seis días después, en un restaurante del centro de Quetzaltenango, el Colectivo Ciudadano de Quetzaltenango y el Consejo Maya Kich’e convocaron a una conferencia de prensa para manifestar su apoyo a la comunidad de Chitay y rechazar la Ley de Equipos de Terminales Móviles, por considerarla inconstitucional.

Manuel Vail, representante del Consejo Nacional de Autoridades Ancestrales Ixim Ulew, explica que un delito que castiga a quienes se oponen a la instalación de infraestructuras, como una antena de telefonía, contraviene la Constitución de Guatemala, que tiene como primer principio el cuidar del bien común ante el individual. Además, viola el derecho a manifestarse y a consensuar proyectos de este tipo en comunidad, según las prácticas ancestrales de los pueblos indígenas, reconocidas y protegidas por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que el Estado de Guatemala ratificó y se comprometió a cumplir.

En redes sociales y columnas de opinión también se ha criticado esta ley, no obstante, según información proporcionada por Pedro De León, del Departamento de Jurisprudencia de la Corte de Constitucionalidad, hasta ahora no se ha recibido planteamientos en su contra.   

En Quetzaltenango hay 17 antenas repartidas por  la cabecera departamental. Chitay no es la primera población que se ha opuesto a las instalaciones, pero en otros casos reportados en ese departamento, casi siempre llegaron a consensos con las empresas. “Ellos prometen donar obras de infraestructura para que la comunidad les permita instalarse, pero no les han cumplido. Otros son citados por el MP y les han metido miedo. Lo que pasó en Chitay es un mal precedente para todos”, explica Xicará. “Sabemos que los teléfonos son necesarios y que ahora no podríamos estar sin ellos, pero es decisión de las comunidades aceptarlo a sabiendas de que podría ser nocivo para su salud, pues en Guatemala no se cumplen con los estándares de protección que hay en otros países con respecto a estas tecnologías”, opina la alcaldesa. Además, le parece irónico que dos de las antenas que mejoran la señal de los teléfonos estén ubicadas cerca de cárceles, refiriéndose a la de Chitay, vecina de la Granja Penal de Cantel y a la de la zona 1, a un lado del Preventivo de Quetzaltenango, cuando esta ley fue promovida en un inicio para contener el delito de las extorsiones que con frecuencia se comete desde los centros de detención.

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Frenar los delitos que se cometen desde las cárceles utilizando llamadas telefónicas fue el origen de la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para Transmisión de Datos (la llamada Ley Tigo). No obstante, en ella no se establece prohibición a la instalación de torres de telefonía cerca de las cárceles. El vocero del Sistema Penitenciario, Rudy Esquivel, indica que a pesar de la instalación de bloqueadores de señal, desde las prisiones siguen saliendo llamadas telefónicas para extorsiones y otros delitos. Las abogadas Viviana Ramírez y Saknicté Racancoj, integrantes de la Asociación de Abogados Mayas, son las defensoras de Carolina Cabrera. Para ellas, la Ley de Equipos Terminales Móviles, cuyo fin era disminuir el robo de celulares, fue utilizada de forma maliciosa para incorporar el delito de atentado contra los servicios de telecomunicaciones, que nada tiene que ver con el espíritu de toda la ley, que se concentra en la obligación de registrar los teléfonos móviles y las sanciones a quienes adquieran o vendan celulares robados.

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Según Ramírez, lo mismo sucedió con la Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad. La diferencia es que en ésta sí hubo recursos para declararla inconstitucional, pues contenía, entre otros artículos, el delito de perturbación a la instalación, uso o reparación de equipo de transmisión de datos, que al igual que el atentado contra los servicios de telecomunicaciones, castigan con cárcel a quien de cualquier forma se oponga a la construcción de este tipo de infraestructura. “Estas leyes violentan derechos humanos como la manifestación, la vida y la salud, así como varios acuerdos internacionales que garantizan la libertad de los pueblos a decidir sobre sus territorios”, explica Saknicté Racancoj. De hecho, el 15 de marzo de este año, con 15 impugnaciones encima, la Corte de Constitucionalidad anuló el decreto 12-2014 que daba vida a la Ley de Control de Telecomunicaciones Móviles.

La duda de los efectos de las ondas

Carolina Cabrera Estrada, la segunda sindicada del caso, no teme compartir cómo le ha afectado haber sido detenida por la policía y expuesta en los medios de comunicación. “Soy madre y abuela, tengo una familia que ha sufrido conmigo. Al día siguiente de que me detuvieron, mi nieto volvió llorando de la escuela porque sus compañeros de la escuela se burlaron de él  porque ‘su abuelita había hecho algo malo’. Imagine el dolor que eso me causó y por algo totalmente injusto”, relata  afligida.

Cabrera dice que sus vecinos nunca se sintieron seguros de los argumentos de SBA Torres Guatemala, quienes intentaron convencerlos de que la antena no sería dañina. “Nos llevaron un libro con fotos donde se veían niños felices jugando cerca de las antenas y nos dijeron que no fuéramos ignorantes, que un teléfono celular hace más daño que una torre. Pero yo me digo, tener un celular es decisión propia, cada uno lo compra y lo lleva bajo su responsabilidad, pero que instalen una antena que nos afectaría a todos es una decisión de la comunidad, aunque esté en terreno privado. Nosotros no creemos que las antenas no hagan daño a la salud, como dijeron los de la empresa”.

Se intentó obtener una declaración de SBA, pero su representante legal, Carlos Orlando Gándara Barrientos, dejó de contestar su teléfono y no se logró comunicación en la planta central de la empresa. En el expediente del caso se encuentran autorizaciones y dictámenes favorables para el proyecto de parte de la Superintendencia de Telecomunicaciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, los que según la empresa prueban que la antena no sería perjudicial para la salud de las personas. En el dictamen emitido por el Ministerio de Ambiente (Expediente EAI-5675-2014), se determina que el proyecto llena los requisitos de protección ambiental, basándose en una Evaluación Inicial Categoría C que se aplica a los “proyectos, obras, industrias o actividades consideradas de bajo impacto ambiental potencial”. En esta categoría, la empresa presenta una autoevaluación y la delegación departamental del ministerio se encarga de corroborar los datos, incluyendo que el proyecto no se realice en un área protegida. A nivel internacional, la Organización Mundial de la Salud (OMS) mantiene evaluación constante sobre las investigaciones científicas que intentan determinar el grado de nocividad de las ondas electromagnéticas en la salud de los seres humanos. La misma OMS asegura que determinar cómo puede afectar a los seres humanos estar en cercanía a campos electromagnéticos (entre ellos a la red eléctrica, transmisores de televisión y radio, radares y estaciones base de telefonía móvil –torres—) resulta muy complejo y no hay resultados concluyentes. Sin embargo, prioriza la prevención. Cada país determina sus propias normas, pero, según la OMS, la mayoría de estas normas nacionales se basan en las recomendaciones de la Comisión Internacional de Protección contra la Radiación No Ionizante (ICNIRP, por su siglas en inglés), que actualiza sus información y los parámetros recomendados conforme avanzan las investigaciones. En Guatemala no se han definido reglamentos o normas que regulen los espacios en donde se pueden instalar éstas —la OMS sugiere especial especial atención a zonas de vivienda, hospitales o escuelas—.La OMS también recomienda promover el diálogo entre autoridades y población para llegar a acuerdos sobre la instalación de infraestructura.

Comunidad abandonada

Los vecinos de Chitay no tienen confianza en los dictámenes de las entidades públicas. Se sienten abandonados por las instituciones del Estado y decepcionados del sistema de justicia que los ha “tratado como delincuentes”. Recuerdan que la anterior corporación municipal de Quetzaltenango no los apoyó pues “la autorización de antenas no estaba en su competencia”, tampoco recibieron ayuda en la auxiliatura local de la Procuraduría de los Derechos Humanos y del alcalde, Luis Grijalva, quien cuando estaba en campaña dijo que los apoyaría, pero ahora no se ha manifestado. Al respecto, Grijalva indicó que los vecinos no se han acercado para solicitarle apoyo y que de hacerlo, él analizaría la situación y buscaría las formas legales para respaldarlos, pues estos casos también contravienen la autonomía municipal. La Ley de Control de las Telecomunicaciones Móviles en Centros de Privación de Libertad y Fortalecimiento de la Infraestructura para transmisión de datos, establece que sea la Superintendencia de Telecomunicaciones la que autorice la instalación de antenas de telefonía ya sea en espacio público o privado, dejando a las municipalidades solo con el derecho de recibir un arbitrio por cada proyecto, en este caso, un pago único de Q3,000, por lo que las comunas no tienen la competencia legal para contravenir la instalación de una torre de telefonía.

Días después de la detención de las dos mujeres, la antena fue instalada. Algunos vecinos como Argentina Calderón decidieron no involucrarse y siguen su rutina, pues “no tiene sentido oponerse al progreso y a empresas tan grandes como éstas”. “Todos necesitamos los teléfonos y queremos buena señal”, dice mientras ve la antena a pocos pasos de su casa y recuerda que cuando vivió en Estados Unidos las antenas de telefonía estaban por todos lados y nunca afectaron su salud.

La próxima audiencia de doña Fabiana y doña Carolina está fijada para el 8 de abril. Mientras la Asociación de Abogados Mayas lleva la defensa, otras entidades como la Asociación Comunitaria para el Desarrollo Serjus también estudian el proceso para declararlo improcedente. De no tener éxito, ambas mujeres podrían ser condenadas de ocho a 20 años de prisión por un delito cuestionable que sigue figurando en el artículo 294 BIS del Código Penal de Guatemala.

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