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La planta de procesamiento de níquel Pronico, perteneciente al grupo suizo Solway Investment Group, ubicada a pocos kilómetros del municipio de El Estor, Izabal. Simone Dalmasso

El Estor: La preconsulta por mina y cómo definieron quiénes representan al pueblo q’eqchi’

El resto, o son comunidades que están fuera del área de influencia o son comunidades que no logramos identificar.
Ni están suspendidos otros derechos mineros de esa misma empresa, ni de otras empresas.
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El Estor: La preconsulta por mina y cómo definieron quiénes representan al pueblo q’eqchi’

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La consulta comunitaria por la mina Fénix, en El Estor, Izabal, no será un plebiscito. La población maya q’eqchi’ podrá opinar, pero el gobierno de Alejandro Giammattei apunta a restituir los derechos mineros a la Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN), asegura el viceministro Óscar Pérez. De momento, el debate está en cómo se organiza esa consulta y quiénes participan en su diseño. 

La consulta comunitaria por la mina Fénix, en El Estor, Izabal, no será un plebiscito. La población maya q’eqchi’ podrá opinar, pero el gobierno de Alejandro Giammattei apunta a restituir los derechos mineros a la Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN), asegura el viceministro Óscar Pérez. De momento, el debate está en cómo se organiza esa consulta y quiénes participan en su diseño. 

La preconsulta comunitaria del proyecto minero Fénix, basada en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), llega a momentos clave. El plan del Ministerio de Energía y Minas es terminar este proceso este 4 y 5 de noviembre, para continuar con el traslado de información y diálogo en las comunidades en lo que queda del año. Es un paso previo para diseñar el mecanismo con el cual pedirán la opinión a toda la población q’eqchi’ que reside en el área de influencia minera en El Estor, Izabal, y Panzós, Alta Verapaz. 

El histórico momento se desluce porque hay organizaciones y comunidades que quedaron excluidas. Esto ha resultado en un conflicto que pasa de las mesas de diálogo a las calles y que mantiene en estado de Sitio a El Estor. 

Óscar Pérez, viceministro de Desarrollo Sostenible del Ministerio de Energía y Minas (MEM), explica en esta entrevista que usaron la normativa de Consejos de Desarrollo para determinar quiénes tenían legitimidad para representar a los maya q’eqchi’ en la preconsulta.

De acuerdo a este sistema, quedan por fuera los que no tienen representación legal o son opositores a quienes integran esa estructura. La preconsulta la deciden los titulares y suplentes de los ministerios de Energía y Minas, Ambiente y Cultura, así como la Comisión de Diálogo. 

Por la población, los titulares y suplentes del Concejo Municipal, los Consejos Comunitarios de Desarrollo (Cocodes) y del pueblo maya q’eqchi’. Titular y suplente de la Universidad de San Carlos, y de las universidades Mariano Gálvez y Rural, que funcionan en Alta Verapaz e Izabal.  Representantes de la Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN) y como observadores, la oficina del Procurador de los Derechos Humanos. 

¿Cuál es el objeto de la preconsulta?

El proceso de preconsulta consiste, precisamente, en diseñar la consulta de manera participativa entre todos los actores convocados. Gobierno central, municipalidades, academia, la Universidad de San Carlos y las universidades privadas, etcétera. Ese es el proceso en el que estamos ahorita. Ahí viene otro elemento importante, porque hay quienes dicen que la consulta se está realizando sin la participación de las comunidades. Lo que pasa es que la consulta no ha iniciado y de acuerdo a los resultados de la última reunión, es que todas las comunidades del área de influencia deben participar.

¿Cómo seleccionaron a las personas que participan en la preconsulta comunitaria en representación del pueblo maya q’eqchi’?

Lo que hicimos fue ampararnos en el artículo 26 de la Ley de los Consejos de Desarrollo, que establece que en ausencia de una legislación específica, las consultas a pueblos indígenas pueden realizarse por conducto de sus representantes en los Consejos de Desarrollo; estos tienen representantes de los Consejos Comunitarios de Desarrollo (Cocodes, que son la autoridad en cada comunidad), pero también hay representantes indígenas que pueden existir en las comunidades, en los municipios, en los departamentos, en las regiones y, finalmente, a nivel nacional. Entonces, le enviamos una nota al representante correspondiente consultándole de las comunidades que están dentro del área de influencia (de la mina). 

¿Qué respuesta recibieron?

Don Maximiliano Suchite, quien es el representante de pueblos indígenas de esa región en el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural (Conadur) nos indicó que había dos instituciones. El Consejo de Comunidades Maya Q’eqchi’ de El Estor, y el Consejo de Comunidades Maya Q’eqchi’ de Panzós, Alta Verapaz. Dirigimos una nota a ellos para que se acreditaran por medio de dos titulares y dos suplentes. 

¿Cómo eligieron a estas personas?

Eso no lo sabemos. Entendemos que hubo una reunión del Consejo Municipal de Desarrollo (Comude), hubo reunión de Concejo Municipal y también hubo reunión de las autoridades del Consejo de las Comunidades Maya Q’eqchi’, y en base a eso nombraron a dos titulares y dos suplentes.

La Gremial de Pescadores Artesanales y la Defensoría Maya Q’eqchi’ reclaman que no les permiten participar. 

Justo unos días antes de iniciar la primera reunión de preconsulta, tal como estaba planificada en julio, recibimos dos solicitudes. La amparista, la Gremial de Pescadores Artesanales de El Estor, y cerca de 80 personas que nos indican ser los representantes de 48 comunidades que quieren acreditarse al proceso. Hicimos el análisis sobre esas solicitudes, pero de las 48 comunidades solamente hay ocho dentro del área de influencia del proyecto. El resto, o son comunidades que están fuera del área de influencia o son comunidades que no logramos identificar su ubicación, y eso fue lo que se les respondió. 

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¿Por qué no los pueden ubicar?

La Municipalidad nos decía que es posible que no estén registradas porque se trata de invasiones o comunidades que aún no tienen el estatus como tal.

Varios informes gubernamentales refieren que en El Estor hay muchas comunidades que no están registradas, por lo tanto no tienen representatividad legal. 

Ahí tendríamos que hacer un análisis más profundo. Yo le puedo decir que hay comunidades que no tienen certeza jurídica, que tienen procesos de propiedad de la tierra pendientes, pero aun así se han registrado en las municipalidades. Obviamente esta situación también nos levantó a nosotros una banderita y solicitamos mayor información al Consejo de Comunidades Maya Q’eqchi’ de El Estor y de Panzós, para que nos dieran más información sobre su representatividad en las comunidades. Nos respondieron que es una institución que empezó a funcionar oficialmente en 2012 y que ha tenido algunas actuaciones a favor del pueblo maya q’eqchi’. 

Hay un elemento adicional, que ellos registraron a su organización en las municipalidades donde funcionan, aunque ese, pues, no es un criterio para determinar la legitimidad, sí le da un elemento adicional. 

¿Qué sucederá con las personas que piden su inclusión y no están registradas?

Nos reunimos en Zacapa con los principales líderes y sus abogados para explicarles que la sentencia dice que son dos titulares y dos suplentes (...), acordamos una reunión más en El Estor y que si ellos nos garantizaban las condiciones de seguridad incluso podíamos ir a todas las comunidades para explicarles la sentencia, recoger sus inquietudes y conocer más del razonamiento por el cual ellos consideraban que deberían ser parte del proceso de preconsulta. 

Sin embargo, los abogados insisten en que la sentencia dice que los representantes que se nombren deben ser específicamente designados para el proceso de consulta, para nada más, pero eso no es cierto. Se los tratamos de explicar, pero junto con la confusión sobre la parte industrial minera que actualmente está en operación, pues el tema se puso… se generó violencia. Curiosamente, la violencia fue incitada, fue iniciada por los mismos abogados. 

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Circula el video de una reunión en la que el abogado Rafael Maldonado, quien representa a varias de esas comunidades, le grita a usted que es un mentiroso y señala que toda operación minera debería estar suspendida. ¿Cómo llegó una reunión de diálogo a ese enfrentamiento verbal?

Llegamos a un punto en la reunión en la que había que hablar sobre el tema de la planta de producción, porque ellos decían que no se está cumpliendo la sentencia ya que la empresa sigue funcionando. Lo que la Corte suspendió fue el derecho minero (de explotación de la mina Fénix). Eso es lo único que regula el Ministerio de Energía y Minas, porque no da ni los permisos para comercializar ni para transformar esos minerales. Ese fue el derecho que se le dio y fue por medio de una resolución administrativa. No hay un derecho adicional que suspender, sino solo lo que está en la resolución.

Cuando estábamos llegando a ese punto, tratando de explicarle esto a las personas, fue que el abogado interrumpió, indicando que eso era mentira y gritando y con algunos argumentos que en realidad eran falsos, pero que no pudimos desmentir en la reunión. Lo que pasa es que la planta de producción está dentro del polígono minero y entonces el abogado decía, ‘ya viste, entonces tienen que suspender’, y no. Ahí puede haber una farmacia, una tienda de conveniencia, puede haber lo que sea que eso no tiene que ver con el derecho suspendido por la sentencia.

Los 21 días de protesta y bloqueo al paso de camiones desde y hacia la procesadora de níquel Pronico, en parte fue motivada porque la empresa no suspendió todas las labores. 

Al final, la empresa puede comprar minerales de otro lugar y procesarlos. Le explico con una analogía de un molino de nixtamal y una tortillería que operan en el mismo local. Resulta que por alguna razón el molino de nixtamal no cumplió con un requisito de ley y se le suspende, pero la tortillería no fue la que tuvo el incumplimiento y puede comprar masa de otro molino que está en otra cuadra o puede traer del propio molino de nixtamal que tiene en otro lado. Y eso es lo que ha causado la confusión. Ni están suspendidos otros derechos mineros de esa misma empresa, ni de otras empresas. 

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De regreso al tema de los representantes, ¿qué pasó después de esa reunión que terminó tan mal?

La reunión se dio por finalizada porque era evidente que las condiciones de seguridad no se podían garantizar. Nos quedamos con esa información que habíamos recabado. Analizamos diferentes instrumentos legales, además de la sentencia, para establecer si había algún elemento que pudiera darle cabida a su participación, pero al final encontramos que no y se les respondió que no podían participar para el proceso de preconsulta. 

Los cocodes, los concejos municipales y los consejos de comunidades maya q’eqchi’ también indicaron que no, que de hecho algunas de las personas que estaban en los memoriales (solicitudes) habían participado en las reuniones donde se eligió a los representantes, a los dos titulares y a los dos suplentes, pero que al no ser electos parecía que estaban buscando una forma alternativa de participación. Lo cual vulnera el proceso de elección que ellos ya habían llevado a cabo.

¿Y en cuanto a la Gremial de Pescadores Artesanales?

Se conoció también la solicitud del amparista y también le negamos la solicitud en virtud de que ellos no aparecen en la sentencia de amparo. La Corte no lista a la Gremial de Pescadores y el grupo (reunido) en ese momento también dijo lo mismo, que la Gremial de Pescadores ya tuvo su oportunidad, que por ellos es que se está realizando este proceso, pero que lo que sigue es decisión de las comunidades maya q’eqchi’. 

Hay una solicitud que se me había pasado mencionar. Los Consejos de Desarrollo de El Estor solicitaron participar en un número diferente al que se les había indicado. También se les denegó esa solicitud, pero también se llevó la solicitud a la mesa de preconsulta y ahí accedieron a la solicitud. Hay un elemento local que ni la Corte de Constitucionalidad ni el Ministerio de Energía y Minas había tomado en cuenta y es que las comunidades en El Estor se encuentran organizadas en 12 microrregiones. Y de éstas, tres tienen comunidades en el área de influencia (de la mina) y entonces sería correcto que hubiera un representante titular y uno suplente por cada una. En total seis representantes en lugar de cuatro. 

¿Qué pasa con las comunidades que están en los memoriales y que de momento no están representadas?

Sí están representadas por las personas que están ahora participando (en la mesa de preconsulta).  Si nosotros aceptamos la participación de comunidades de fuera del área de influencia, pues al final significaría que otras comunidades u otras personas puedan participar en el proceso de preconsulta y eso sería inviable.

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¿La consulta puede definir el futuro de la mina? ¿Es un sí o un no a su continuidad?  

El Convenio 169 de la OIT ha sido claro en que no busca vulnerar la soberanía de los países. En Guatemala, la Constitución Política de la República es clara: la soberanía radica en el pueblo, que la delegada para su ejercicio en las autoridades electas de manera democrática. Es decir, el Organismo Ejecutivo tiene la responsabilidad de tomar decisiones. 

¿En qué medida se varía la decisión? Va de 0 a 100. Por ejemplo, puede ser que en un encuentro digan ‘No me gusta, yo no quiero minería’ (sin más explicación). Ese no es un elemento que sustente una modificación de la decisión. En tal sentido, lo más obvio es que el gobierno mantenga su decisión tal y como lo había previsto antes de la consulta. 

¿Significa que no habrá marcha atrás aunque no se tenga el aval del pueblo q’eqchi’?

Podría haber ahí elementos que puedan hacer variar la decisión que se está tomando. Lo más probable y de lo que se trata el Convenio 169 es de buscar un punto medio, donde idealmente se consiga el consentimiento de las comunidades y que, si no se logra, al menos se llegue a acuerdos que permitan que sea viable la toma de la decisión. Por ejemplo, si el problema fueran los impactos ambientales, pues bueno, tenemos que fortalecer el esquema de control ambiental que haya sobre las mineras, de una manera fuerte.

Es decir, puede ser que no pueda evitar algún impacto, pero determinamos que este no es crítico, no es tan severo que pueda poner en peligro la vida de las personas o la existencia del pueblo indígena, y entonces podemos buscar de qué otra forma compensar ese efecto. Posiblemente, en algo que no tenga que ver con la mina en absoluto. 

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