Marzo implicó etapas trascendentales para los relevos al máximo nivel en el Ministerio Público (MP) y en la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), al tiempo que dio el banderazo de salida para que, en mayo, el Congreso de la República decida quién ocupará el cargo de Procurador de los Derechos Humanos para el período 2022-2027.
En el caso del MP, la comisión de postulación avanza en la selección del sexteto de aspirantes de entre quienes el presidente Alejandro Giammattei nombrará al fiscal general para el lapso 2022-2026, en tanto que esta semana estudiantes y docentes, solo de las facultades mas no de las escuelas ni centros regionales, y profesionales colegiados acudieron a las urnas para escoger a las y los 170 sancarlistas que el 27 de abril votarán por el rector 2022-2026.
Vale apuntar que como responsable de la investigación y persecución penal, el/la fiscal general se constituye en una figura poderosa e influyente en la dinámica incidente del país, así como el número uno de la única casa de estudios superiores pública de Guatemala, ya que además de tener iniciativa de ley, asigna delegados en medio centenar de órganos del aparato estatal, entre otros la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, la Junta Monetaria y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS).
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Por su lado, la Institución del Procurador de los Derechos Humanos emerge como la magistratura de conciencia que vela porque toda persona, independientemente de su etnia, capacidad económica, definición sexual y un largo etcétera que se resume en su calidad de ser humano, disponga al ciento por ciento de garantías fundamentales. Bien sabemos lo que en contra del derecho a la vida significan matar extrajudicialmente, las detenciones-desapariciones, las masacres, los «ajusticiamientos», los linchamientos, la misoginia y la homofobia, por ejemplo.
Una arista la hallamos en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos que reza: «Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión…», derecho que incluye no ser molestado/a a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión. Asimismo, la Constitución Política guatemalteca determina, en el artículo 35, que es libre la emisión del pensamiento por cualesquiera medios de difusión, sin censura ni licencia previa. La lista se amplía a la salud, el trabajo, la seguridad y todo aquello que abarca la dignidad humana.
De cara a la sucesión en la PDH, 38 profesionales del Derecho presentaron su hoja de vida en la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la República, sala que el 13 de mayo deberá elevar al Pleno del Organismo Legislativo la terna de candidatos/as de la que surgirá el reemplazo de Jordán Rodas Andrade. En la nómina inicial aparecen 14 mujeres y 24 hombres entre personajes de la política o de trayectoria en entidades públicas y privadas. Es oportuno referir que se repitió la tendencia de autoexclusión que mostró la carrera por el MP en cuanto a la participación de críticos del sistema.
No está de más subrayar que sobre los derechos humanos hay una corriente que descalifica el espíritu y la aspiración de su respeto, confundiéndolos o tergiversándolos. Por ello, es preciso recordar que, gracias a las reivindicaciones sociales, el tema dejó de ser ajeno al interés general para asumirse como factor de cambio, pues «los derechos fundamentales y las libertades a los que todos los seres humanos tienen derecho, frecuentemente sostienen el derecho a la vida y a la libertad; libertad de pensamiento y expresión e igualdad ante la ley», marco con una visión tan amplia como los pasos de cada persona. Y de colofón, debe destacarse que el artículo 275 de la Carta Magna y el decreto legislativo 54-86 determinan las funciones y las atribuciones de un ente relevante.
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