Todo mundo opina, a unos les da miedo, a otros no tanto pero creo que la mayoría, como me dijo una persona, está en la Luna respecto al tema. Parece que la Constitución es un tema exclusivo de abogados, y ahora también de los analistas políticos, pero sigue siendo un tema privativo.
Este texto no es propio de los guatemaltecos y cuando se escuchan campanas de reformas, se repite que es necesario que todos la conozcamos y la empecemos a vivir. Sin embargo, cuando dejan de sonar esas campanas, a todo el mundo se le olvida.
En teoría se establece que nuestra Constitución es mixta en cuanto a su rigidez. Esto porque hay constituciones que se pueden reformar mediante métodos simples y hay otras que no se pueden reformar; la nuestra está en medio. Las formas o métodos por medio de los cuales se reforma la Constitución recae en la importancia de los artículos que se van a reformar.
Es por eso que para reformar los artículos que se refieren a derechos individuales es necesario llamar a Asamblea Nacional Constituyente. Estos derechos son por ejemplo: el derecho a la vida, libertad, igualdad, debido proceso, irretroactividad de la ley, libertad de culto, propiedad. Se llama a una Constituyente en estos casos porque se protegen especialmente esos artículos ya que son garantías individuales. Por eso cuando el Presidente Pérez habla de reformar el sistema de seguridad y justicia se refiere a reformar, entre otros artículos, la detención legal que es un derecho individual y para esto sería necesario convocar Asamblea Nacional Constituyente.
Llamar a una constituyente quiere decir elegir a un grupo de personas que se dediquen exclusivamente a reformar ciertos artículos de la Constitución, algo así como diputados pero que solo legislan sobre la Constitución. Sin embargo, las Constituyentes tienden a declararse soberanas y a sobrepasar ese mandato inicial, reformando lo que quieren y no lo que deben. Hay ciertos artículos en nuestra Constitución que no son reformables, los llamados pétreos. Estos teóricamente no podrían ser reformados nunca y establecen la estructura del Estado, dentro de ellos está el principio de no reelección. En estos últimos días he escuchado que se discute la posibilidad de reformar estos artículos como que si fuera posible sin ninguna consecuencia. Cosas que pasan en este país…
La última forma y la que finalmente decidió el Presidente, según declaraciones, es reformar vía el Congreso. Esta es la vía para reformar la mayoría de artículos, ya que los derechos individuales y los pétreos son especiales. El proceso en este caso radica en que el Congreso apruebe con tres cuartas partes de los votos la iniciativa de reformas y luego que se convoque a consulta popular (también llamado plebiscito) y que el pueblo decida si sí o si no.
En fin, son temas que todos deberíamos de tener claros para no andar en la luna sino aquí en la tierra, conscientes de la política nacional.









