Fortalecer la Contraloría General de Cuentas, el ente encargado de velar por las declaraciones, hacer de acceso público esta información y entender qué quiere decir una declaración de intereses es algo que a ningún político le gusta. Y a pesar de los esfuerzos de entidades como Acción Ciudadana, que ha realizado una serie de estudios y denuncias al respecto, este no es un tema que la ciudadanía exija.
Como Estado, hemos firmado una serie de convenios internacionales que nos obligan a tener mecanismos de prevención de la corrupción como lo son estas declaraciones. Y a falta de las reformas del caso, estamos constantemente incumpliendo compromisos internacionales que nos afectan internamente. Además de ser mecanismos de prevención de la corrupción, estas declaraciones son parte de la prueba que debería presentarse ante un caso de enriquecimiento ilícito.
Y es por eso que la Contraloría es un ente de fiscalización clave para la transparencia. Además de exigirles a los funcionarios la presentación de estas declaraciones, este ente debe corroborar la información y encontrar, si fuera el caso, las incongruencias u omisiones de las declaraciones patrimoniales y de interés. La Contraloría, además, debería poder abrir el acceso de esos expedientes al público en general. A pesar de que me considero una defensora del derecho a la privacidad, este, al igual que cualquier otro derecho, no es absoluto. Y cuando una persona se postula a un cargo público o decide trabajar para el Estado, debe atenerse al escrutinio público. La seguridad es otro de los argumentos utilizados por los funcionarios, pero este tampoco es válido, pues aquí se está velando por la seguridad de todos los ciudadanos, que al contar con esta herramienta pueden prevenir el aprovechamiento del erario público por parte de funcionarios.
Una declaración de intereses nos permite a los ciudadanos leer cuándo un funcionario está actuando por presión de algún grupo con el que tiene relación o por interés propio, y no por el interés del país, lo cual debe ser causa para exigir una renuncia. Pero también le da la oportunidad al funcionario de corregir, abstenerse o salvarse las espaldas. En este sentido, la OCDE[1] ha señalado medidas que se pueden tomar en casos de conflicto de interés como 1) la desinversión o liquidación de interés por el funcionario público (que ha sido compleja en casos en que los funcionarios vienen de la iniciativa privada, como el caso chileno); 2) exclusión del funcionario público respecto de un proceso de toma de decisión que se encuentre afectado, y 3) restricción del acceso por el funcionario público a información concreta, entre otras.
El presidente electo, si de veras es el adalid de la transparencia y la esperanza de Guatemala, debería estar preparando sus declaraciones de la forma más específica, clara, profunda y honesta posible. Y sin dudarlo debería entregarla al pueblo para que todos sepamos de dónde viene, qué tiene y con quiénes se relaciona. Si no se baja los pantalones él mismo, esperemos que el pueblo vuelva a hacerlo, pero para mientras exijamos que el marco legal sea el adecuado.
[1] OCDE (2003). Managing Conflict of Interest in the Public Service: OECD Guidelines and Country Experiences. OECD Publishing.
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