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Reglamentar la consulta obliga a consultar (6)

Tipo de Nota: 
Opinión

Reglamentar la consulta obliga a consultar (6)

21 de Abril de 2018
Palabras clave

Algunos elementos han surgido de la interpretación del Convenio 169 de la OIT por parte de estudios jurídicos sobre su aplicación en pueblos indígenas en otros Estados y sobre los instructivos o manuales que se han formulado para una mejor aplicación de dicho instrumento internacional, de cumplimiento obligatorio para Guatemala.

Uno de ellos es el que la abogada maya Lucía Inés Xiloj Cuin planteó en un evento organizado por Abogados sin Fronteras, el cual comparto en el sentido de que la consulta comunitaria propia de los pueblos no es igual a la consulta que señala el Convenio 169. Por lo menos no totalmente.

Otro es el que señalan los manuales del convenio, al respecto de lo cual escribe Molina Calderón: «Los pueblos indígenas deben ser consultados a través de sus instituciones representativas. La representa...

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