Lo primero que necesitamos tener claro es que, al momento de ratificar el acuerdo de creación de la Cicig, el Estado de Guatemala se obligó a cumplir de buena fe con lo establecido en él. Lo anterior deriva de uno de los principios sobre los cuales descansa el derecho internacional contemporáneo: el pacta sunt servanda (lo pactado obliga). El incumplimiento del citado precepto inevitablemente derivaría en responsabilidad internacional.
Para retirarse de un tratado es necesario cumplir con el proceso denominado denuncia. Lamentablemente para quienes tienen prisa en deshacerse de la Cicig, el acuerdo de creación no contiene ninguna cláusula que se refiera a la posibilidad de retirarse del tratado. Esto, debido a que el tratado tiene una vigencia de dos años prorrogables, según el artículo 14.
Si un tratado no contiene una cláusula de denuncia, como es el caso, el artículo 56 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (CVDT) señala que no es posible retirarse de este salvo ante dos supuestos: 1) que haya sido establecido por las partes que la intención era dejar abierta esa posibilidad o 2) que se pueda inferir el derecho de las partes de retirarse del tratado atendiendo a la naturaleza de este.
Al respecto, es importante destacar que uno de los encargados por la Comisión de Derecho Internacional de Naciones Unidas para la redacción de la CVDT, sir Humphrey Waldock, explica muy acertadamente, en su segundo informe a dicha comisión, que, en casos en los que un tratado tiene una vigencia con un plazo o una condición determinados, su denuncia no sería posible. El expresidente de la Corte Internacional de Justicia expone que dicha imposibilidad obedece a que existiría una presunción de que la intención de las partes es precisamente que se cumpla el plazo o la condición. Teniendo en cuenta todo esto, me parece que para cualquier persona sensata es claro que el Estado de Guatemala estaría impedido de denunciar el tratado que crea a la Cicig.
Dicho en castellano de Cervantes, no es posible que como país nos saltemos un compromiso internacional adquirido soberanamente. Probablemente algunos de los que quieren la salida de la Cicig lo más pronto posible están acostumbrados a cambiar las reglas a su conveniencia. No obstante, en este tema en particular les falta razón y derecho.
Ojo, todo lo anterior es sin perjuicio de las dramáticas consecuencias políticas que una desfachatez de esa talla tendría para el país y respecto de sus relaciones internacionales.
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