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Guatemala: la democracia clientelista

En la práctica, los candidatos nunca demuestran los aspectos señalados en la Constitución Política de la República.
Tipo de Nota: 
Opinión

Guatemala: la democracia clientelista

30 de Abril de 2019
Palabras clave

«Si el lucro es lo central de la actividad política […], el elector se va convirtiendo de ciudadano en un cliente que juzga a sus mandatarios según la capacidad para solucionar sus peticiones» (Rafael Gumucio).

Según el artículo 113 de la Constitución Política de la República, cualquier ciudadano puede optar a cargos públicos siempre que cumpla con los requisitos de idoneidad, capacidad y honradez. Esta normativa se complementa con los artículos 15 y 16 de la Ley de Probidad, en los que se reiteran los requisitos que menciona la Constitución, pero se agrega este párrafo:

 «No podrán optar al desempeño de cargo o empleo púbico quienes tengan impedimento de conformidad con leyes específica...

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