Algunos pretenden desacreditar la importancia y la seriedad de este caso, que salió a luz por la publicación del diario estadounidense New York Times, por la trivialidad, según ellos, de intentar sobornar al presidente de la república con una alfombra enrollada rellena de dinero en efectivo. Porque ¡cuántos billetes pueden caber en una alfombra enrollada! Y porque, después de todo, según afirman, Giammattei, siendo el presidente mejor pagado de la región, gana mucho más en un año que el efectivo con el que se pueda rellenar una alfombra enrollada.
Sin embargo, el asunto no tiene nada de trivial. El capítulo III del Código Penal, en sus artículos del 439 al 444, establece con mucha claridad los delitos de cohecho, tanto el pasivo, para el caso de los funcionarios públicos que soliciten o reciban un soborno o dádiva, como el activo, para el caso de quienes paguen esos sobornos u otorguen esas dádivas. Así, no es cuestión de si es poco o mucho dinero, sino de que la alfombra y el dinero que esta contenía, así como los viajes en aviones y en helicópteros, las limusinas, las edecanes, las cenas y demás lujos, sí constituyen delitos porque a cambio se transaron favores desde el ámbito público y decisiones de Estado como un contrato amañado de arrendamiento de terrenos en las instalaciones del puerto Santo Tomás de Castilla o posibles anomalías en licencias mineras.
También puede que hayan constituido delitos de abuso de autoridad y similares las actuaciones de Antonio Malouf, ministro de Economía, y de Isaac Farchi Sultán, coordinador general adjunto del Comité Ejecutivo del Programa Nacional de Competitividad (Pronacom). Seguramente acostumbrados a sus actuaciones en los ámbitos privado y político, estos señores deben estudiar con mucho cuidado lo que establece la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos y entender que, en sus roles actuales de servidores públicos, no les es lícito dedicar tiempo remunerado con impuestos a la atención y procura de los intereses de inversionistas privados, en detrimento de los de Guatemala. Además, ¿quién pagó por esos lujos? ¿Se usaron recursos públicos guatemaltecos? En caso de que llegue a determinarse que se utilizó un solo centavo del presupuesto público, habrá que sumar a la lista delitos como malversación de fondos y otros asociados a actos de corrupción.
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El asunto es muy serio, pues media una denuncia que se presentó formalmente en junio pasado a la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) acompañada de medios de prueba. En ese entonces, con Juan Francisco Sandoval todavía al frente, la FECI inició el análisis de estos primeros indicios con el propósito de preparar el caso y de iniciar las acciones de conformidad con la ley, incluyendo presumiblemente solicitudes para retirarle el antejuicio al presidente Giammattei.
Al saberse de esta denuncia y que la FECI empezaba a armar el caso, todo apunta a que Giammattei, en connivencia con Consuelo Porras, fiscal general y jefa del Ministerio Público (MP), procedió a la destitución ilegal de Sandoval. La gravedad de los delitos que pudieron haber cometido Giammattei y otros funcionarios explica la forma burda y apresurada con la que destituyeron a Sandoval, con lo cual se suma a la lista de delitos cometidos el de obstrucción de la justicia.
Seguramente no por el MP dirigido por Consuelo Porras, pero las investigaciones deben continuar hasta dar con la verdad. Seguramente serán periodísticas o conducidas fuera de Guatemala, por entidades como el Departamento de Justicia estadounidense.
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