La lista de seis quedó conformada con Brenda Dery Muñoz, María Consuelo Porras, Miguel Ángel Gálvez, Patricia Gámez, Verónica Ponce y Édgar Melchor. Tanto María Consuelo Porras como Brenda Dery Muñoz fueron objetadas por organizaciones de derechos humanos. En el primero de los casos, con base en una resolución del Procurador de los Derechos Humanos (PDH) que concluyó que se había violado el derecho a la educación en un proceso en un colegio propiedad de la aspirante. La también magistrada suplente a la Corte de Constitucionalidad argumentó en su defensa que la directora del centro educativo era su hermana y, por lo tanto, intentó quedar exenta de culpa. Pese a su solicitud, el PDH no modificó la resolución que la incluía.
En el segundo de los casos, Muñoz actuó como fiscal cuando se produjeron los violentos desalojos en la finca Nueva Linda, una operación que produjo la muerte de varias personas entre campesinos ocupantes de la tierra y miembros de la Policía Nacional Civil (PNC). Fue amonestada por sus superiores en el MP, que señalaron parcialidad en la conducción de las investigaciones que desestimaron tanto el caso que dio lugar a la ocupación como la desaparición forzada de un miembro de la comunidad, así como la muerte de los comunitarios durante el desalojo.
El procesamiento que hizo la postuladora al respecto de las objeciones planteadas, la incongruencia del perfil elaborado y la tabla de gradación empleada son algunas de las falencias señaladas. Esto ha dado lugar a que organizaciones que integran la Convergencia por los Derechos Humanos, así como la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), se pronuncien y planteen la necesidad imperiosa de superar estas fallas a fin de que no se reproduzcan en futuros procesos.
Por otro lado, queda en manos del gobernante la definición de quién conducirá el MP a partir de mayo. La tarea no la tiene fácil por cuanto, justo antes de que concluya la semana, ha recibido noticias poco halagüeñas, como la nueva solicitud de cancelación del partido que lo llevó a la presidencia. El caso por financiamiento electoral ilícito, que involucra a empresarios y a banqueros que han pedido perdón por el uso de mecanismos irregulares de financiación, apunta al inicio de un nuevo proceso de antejuicio en contra del mandatario.
Más allá de la persona que designe el gobernante, quien llegue a la cabeza del MP tendrá ante sí la responsabilidad de no disminuir el umbral de combate de la corrupción. Tal y como lo dijo el titular de la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), Iván Velásquez, «no habrá fiscal general que patrocine la impunidad».
Y para ello los ojos de la ciudadanía, que se mantuvo atenta al proceso conducido por la comisión postuladora, estarán sobre quien asuma la conducción del MP. Es decir, aunque la postuladora no cumplió la tarea asignada (o, en todo caso, falló en la valoración definitiva de los aspirantes), el gobernante cuenta con una lista dentro de la cual puede seleccionar a personas con capacidad de conducir con independencia la oficina responsable de la persecución penal.
El gobernante, a quien por ley compete una tarea que puede resultarle difícil por su propia situación, no tiene derecho de usar su cargo e investidura para procurarse impunidad. Está obligado, eso sí, a nombrar a alguien que mantenga la lucha contra la corrupción y la impunidad, pero que también garantice que no se utilizará el sistema de justicia para criminalizar la defensa de los derechos humanos.
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