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Los verdaderos desafíos que vienen si se aprueba el Marco Jurídico para la Paz

El gobierno no ha dicho nada sobre cómo afecta el Marco Jurídico para la Paz a los paramilitares y ellos tampoco tienen un representante claro en el debate aunque se sospecha que la última entrevista de Mancuso fue un intento del jefe paramilitar para ser tenido en cuenta en ese debate.
Quedan entonces temas pendientes por definir en la Ley Estatutaria al respecto.
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Los verdaderos desafíos que vienen si se aprueba el Marco Jurídico para la Paz

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A tan solo un debate de que pase la reforma constitucional que propone un Marco Jurídico para la Paz, el Presidente Santos está a punto de ganarle el pulso a sus mayores opositores de la izquierda y la derecha. Con los votos de la Unidad Nacional en el Congreso, el Marco Jurídico sobrevivió al asesinato de los cuatro militares secuestrados, al atentado contra el ex Ministro Fernando Londoño y a la oposición de Uribe. Pero ahora es cuando viene el verdadero desafío.

Porque el Marco es solo el primer paso. Una vez en firme, el Congreso deberá tramitar la Ley estatutaria que definirá en concreto los criterios que podrá usar el Fiscal para decidir qué tipo de delitos no se investigarán si las Farc firman la paz y qué penas podrían llegar a pagar (o a no pagar) los jefes guerrilleros por los crímenes atroces que han cometido.

Si todo sale como viene, el próximo martes el Presidente Santos habrá logrado pasar un marco jurídico general sin tener que dar una respuesta puntual en la ley a esas preguntas. Pero al día siguiente, ni Uribe ni José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch y otro de los grandes críticos a esta iniciativa, van a quedarse callados y esos debates futuros tendrán que darse.

El debate virtual en la Silla en en el que participaron Gloria Gómez, directora de Asfaddes, el ex viceministro de Defensa Rafael Guarín, quien presentó su libro “Paz Justa” sobre por qué el Marco para la Paz representa impunidad y no conduce a la paz, y el expresidente Álvaro Uribe es una pequeña muestra de la discusión que se viene.

La Silla hace un recuento de nueve preguntas que tendrán que ser resueltas una vez pase el Marco Jurídico para la Paz:

 

1. ¿Podría Timochenko ser congresista?

Uno de los argumentos que se usaron en el Congreso y ante la opinión pública para hundir el Marco, era que los guerrilleros terminarían teniendo derechos políticos ante una eventual negociación de paz. Y la imagen clave era la de Timochenko de Congresista.

Roy Barreras ha dicho que esto no es una posibilidad. Pero como quedó redactado en el último debate, el Marco incluye la posibilidad de participación en política para los que hayan cometido delitos políticos o delitos que sean “conexos” a los políticos, es decir, que se cometen como consecuencia de un delito político. La Ley Estatutaria deberá definir este punto porque hay un gran debate sobre qué delitos serían conexos.

Para el caso de Timochenko, el Congreso deberá definir si crímenes de lesa humanidad puede ser entendidos como conexos con delitos políticos, por ejemplo.

2. Si Timochenko tiene una silla en el Congreso, ¿podría pensarse que Mancuso una vez cumpla su pena y regrese al país ocupe la de al lado?

El proyecto dice que este marco se aplicará a quienes se desmovilicen colectivamente en el marco de un proceso de paz. Y en principio se entiende que es para los que dejen las armas en el futuro.

El gobierno no ha dicho nada sobre cómo afecta el Marco Jurídico para la Paz a los paramilitares y ellos tampoco tienen un representante claro en el debate aunque se sospecha que la última entrevista de Mancuso fue un intento del jefe paramilitar para ser tenido en cuenta en ese debate.

En cualquier caso, si a Timochenko lo dejan sentarse en el Congreso, los líderes paramilitares una vez liberados se pelearán también su cupo y habrá quienes lo crean justo. Pero el tema es más difícil, porque para Mancuso y para todos los paramilitares el delitos base tendría que cambiarse de concierto para delinquir (asociación para delinquir en un grupo armado) a un delito político. Este debate, posiblemente, también lo terminará dando el país.

3. ¿Podrían los paramilitares solicitar que se les reduzca la pena si sus rivales guerrilleros consiguen que no se investiguen sus crímenes?

Si al final de una negociación con las Farc la pena de prisión efectiva para los máximos o no tan máximos responsables es menor a la que les tocó a los paras (5-8 años), los jefes paramilitares podrían reclamar iguales beneficios jurídicos cuando consideren que sus actos atroces han sido similares.

Sin embargo, en términos prácticos esto no será un problema tan grande. Si el proceso de la Ley Estatutaria toma al menos un año, como es de esperarse, la mayoría de los paramilitares desmovilizados dentro del Acuerdo de Ralito habrán cumplido ya una pena de al menos ocho años.

A ellos lo que más les conviene es buscar la libertad condicional y es muy probable que ese sea el beneficio que consigan los paramilitares con la Ley Estatutaria: la suspensión de la pena, que no es otra cosa que lo mismo que les habían prometido al momento de su desmovilización, salir de la cárcel luego de cinco u ocho años, con libertad condicional.

4. ¿Permitiría hacer una negociación con las Bacrim?

El debate más reciente sobre el Marco Jurídico para la Paz es si podrá beneficiar a otros grupos armados delincuentes, como las Bacrim.

Este es tal vez uno de los pocos temas en los que el Marco se anticipa al debate. Al menos en la redacción actual el Marco reduce los beneficios a los considerados “grupos armados al margen de la Ley” y las Bacrim han sido consideradas delincuencia común y difícilmente llegarían a cumplir con los requisitos del Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra. Solo si los cumplen podrán obtener los beneficios. Pero para eso más que una Ley lo que se necesitaría es una política de Estado que vea a las Bacrim ya no como Bandas Criminales Emergentes sino como grupos armados al margen de la Ley.

Por ahora la manera como le cerraron las puertas a las bandas criminales o a los narcotraficantes fue incluir en el texto que en ningún caso se podrán aplicar instrumentos de justicia transicional a grupos armados al margen de la ley "que no hayan sido parte en el conflicto armado interno, ni a cualquier miembro de un grupo armado que una vez desmovilizado siga delinquiendo". Habrá que ver qué dice la Ley. 

5. ¿Permitiría suspenderle la aplicación de la pena al Coronel ( r) Plazas Vega? o ¿cesar los procesos contra los responsables de “falsos positivos”?

En las discusiones sobre el Marco un tema bastante controversial es que se hable de “actores del conflicto”. Para el ex Presidente Uribe, Rafael Guarín y el ex Ministro Fernando Londoño que hablan en representación de las Fuerzas Militares, es indignante igualar a los policías y soldados a los miembros de la guerrilla.

Sin embargo, la última versión del Marco para la Paz cambia el lenguaje sustancialmente. Ahora no habla de actores sino de “agentes del Estado en relación con su participación en el conflicto”. Es decir, que los beneficios cobijarían a cualquier funcionario que haya cometido un delito en el contexto del conflicto armado y relacionado con éste.

Quedan entonces temas pendientes por definir en la Ley Estatutaria al respecto. El ex presidente Uribe ya está hablando de que el Marco podría permitir que los militares presos salgan de la cárcel. Vivanco, por su parte, ha dicho que esto deja la puerta abierta para que por ahí se cuelen los funcionarios del DAS involucrados en las “chuzadas” y los militares de los “falsos positivos”. Con la última modificación del proyecto de Ley buscaron cerrar las puertas a ambas posibilidades. Pero el Congreso tendrá que decir explícitamente a qué agentes del Estado se aplicaría y cómo, y cuáles acciones se relacionan con el conflicto.

6. ¿Habrá amnistías? ¿Queda Colombia más vulnerable ante la Corte Penal Internacional?

Los más grandes opositores del Marco -como Rafael Guarín en su libro Paz Justa- dicen que lo que hay ahí es una amnistía disfrazada. Y que un Marco en el que la justicia escoge a quienes va a juzgar y sancionar entre muchos responsables de crímenes de lesa humanidad deja a Colombia más vulnerable frente a una intervención de la Corte Penal Internacional.

Una amnistía elimina la posibilidad de investigar o sancionar a alguien, mientras que el Marco lo que hace es darle la posibilidad al Estado de renunciar a perseguir penalmente a alguien. Aunque el efecto práctico es el mismo, en términos de derecho penal son cosas distintas con consecuencias distintas.

Sin embargo, el Congreso en la Ley Estatutaria tendrá que definir bajo qué criterios el Fiscal puede decidir renunciar, frente a quienes, a cambio de qué y con qué medidas no judiciales para investigar y sancionar a los que no sean escogidos. Y de eso dependerá la evaluación que la Corte Penal Internacional haga del proceso.

En cualquier caso, los problemas actuales de la aplicación de la Ley de Justicia y Paz -bajo la cual se tienen hasta el momento solo 11 sentencias contra jefes paramilitares- y de la misma justicia ordinaria para hacer frente a las violaciones cometidas en el conflicto ya hacen vulnerable a Colombia ante la Corte Penal Internacional.

7. ¿Contribuye este marco a la paz?

El Marco para la Paz habla de transición del conflicto armado a la paz sostenible, de mecanismos para lograr esa transición y para garantizar la no repetición de las violaciones. Habla de cómo diseñar la justicia y de una Comisión de la Verdad. 

Sin embargo, por más que lo diga el Marco y lo repita la Ley Estatutaria, hasta que no haya una negociación de paz de por medio con la guerrilla, esto no conducirá necesariamente a la Paz. 

8.¿Tiene sentido aprobar estas normas antes de una negociación? ¿Es este un incentivo para que la guerrilla negocie?

Aunque este debate lleva ya casi 10 meses, la guerrilla solo se ha pronunciado una vez sobre el Marco Jurídico para la Paz y en un comunicado frente al cual hay dudas sobre su verdadero origen. Luego no es claro si más allá de las manifestaciones sobre voluntad de diálogo, la guerrilla está realmente interesada en un desarme y una desmovilización colectiva.

Sin embargo, la aprobación del Marco le permitirá al Presidente Santos conocer desde antes los límites bajo los cuales puede negociar con la guerrilla y llegar a un acuerdo que sea duradero en el tiempo. Esto evitaría que le suceda lo que le ocurrió a Uribe, quien negoció con los paramilitares unos términos para su desmovilización que luego la Corte Constitucional le tumbó.

9. ¿Podrán todas víctimas saber qué ocurrió con sus familiares y solicitar reparación por vía judicial?

Depende. En el diseño de las medidas de justicia en el Marco Jurídico para la Paz se abren varias opciones nuevas. De una parte, la posibilidad de que se seleccionen los casos de los máximos responsables de crímenes de lesa humanidad y de que el Estado renuncie a perseguir judicialmente a los responsables restantes. De otra parte, la posibilidad de que para los casos que lleva la justicia se puedan priorizar los más significativos.

Eso permitirá estudiar patrones de violencia, es decir, la manera cómo un grupo específico cometía los crímenes. Pero no necesariamente llevará a resolver caso por caso la verdad para las víctimas. Muchas se quedarán sin saber la verdad exacta de lo sucedido con ellas o sus familiares.

Ocurre lo mismo con la posibilidad de solicitar reparación dentro de un proceso judicial. Sólo quienes sean víctimas de uno de los desmovilizados que han sido seleccionados para investigar judicialmente podrán reclamar reparación ante un juez. Las demás víctimas tendrán derecho solamente a acudir a la reparación administrativa.

La Ley Estatutaria deberá diseñar unos criterios para saber cómo se selecciona a los máximos responsables y eso no será fácil. La priorización quedará en manos del Fiscal General de la Nación.

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